Ya están disponibles las boletas reliquidadas del impuesto de Patentes. Tanto la cuota 1 como el pago anual tendrán un único vencimiento el 27 de febrero, para todas las terminaciones y modalidades.
Esta reliquidación limita las variaciones en el impuesto, originadas por la actualización en las valuaciones de algunos modelos de vehículos. De este modo, ningún incremento superará la inflación acumulada de 2025 medida por el IPCBA (31,8%).
La emisión está disponible solo de manera digital.

¿Cómo accedo a mi boleta?

Hay distintas opciones disponibles.

1- Descargala desde agip.gob.ar
- En la home, elegí “Pagos - Consulta de boletas”.
- Buscá el impuesto “Patentes” y seleccioná “Pagar - Boletas”.
- Con tu dominio vas a poder visualizarla y/o pagarla a través de los medios habituales o del QR que aparece en la web.

También va estar disponible en tu homebanking el 20 de febrero.

2. Solicitala por mail.
- Entrá a InfoAGIP.
- Completá tus datos en el formulario que aparece a la derecha de la pantalla.
- Seleccioná el impuesto Patentes y, en "Categoría", elegí "Solicitud de Boletas por Mail".

3. ¡Ahora podés adherirte a boleta electrónica de manera más sencilla!
Si tenés tu dominio correctamente titularizado, accedé al Portal del Contribuyente, elegí el servicio “Adhesión a Boleta Electrónica” y completá tu registro en muy pocos pasos. ¡La vas a recibir todos los meses en tu mail!

Se puede abonar a través de los medios de pago habilitados habitualmente. Los beneficios continúan vigentes.

¿Qué hago si ya pagué la boleta anterior? 

> Si ya pagaste la cuota 1 y la reliquidación determina que el importe abonado supera el tope establecido, el excedente se registrará como pago a cuenta y se aplicará automáticamente en la próxima emisión.
> Si ya pagaste la cuota anual anticipada, la diferencia a favor resultante de la reliquidación quedará como saldo a favor para que el contribuyente pueda solicitar su devolución, a través de un aplicativo en la web de AGIP. El organismo facilitará toda la información para realizar este procedimiento.

Ante las variaciones originadas por la actualización de valuaciones de algunos modelos de vehículos, se adoptaron las siguientes medidas para la primera emisión de Patentes 2026:

- Suspensión de la emisión: las boletas de enero fueron dadas de baja en la web y en homebanking; y no se efectuaron débitos automáticos.

- Nueva emisión: se generaron nuevas boletas reliquidadas, que ya están disponibles en la web desde el 18 de febrero y en homebanking el 20 de febrero.

- Acceso a las boletas: se pueden consultar desde la web. Además, quienes necesiten asistencia para consultar o descargar las boletas, pueden contactarse con InfoAGIP. Tienen que completar sus datos, seleccionar el impuesto Patentes y en "Categoría", elegir "Solicitud de Boletas por Mail".

- Vencimiento: la primera cuota y el pago anual podrán abonarse hasta el 27 de febrero, sin perder el beneficio por pago a término ni del descuento por buen cumplimiento. La misma fecha aplica para todas las terminaciones y modalidades.

- Tope aplicado: la reliquidación limitará los aumentos originados en el impuesto debido a la actualización de valuaciones, de modo que ningún incremento supere la inflación acumulada de 2025 medida por el IPCBA (31.8%).

- Alcance de la reliquidación: se recalculará la totalidad de las boletas de la primera emisión (cuotas 1, 2, 3 y cuota anual anticipada) y se emitirán los nuevos montos a abonar.

- Para quienes ya pagaron: deben ignorar la nueva boleta reliquidada y no deberán realizar ningún trámite adicional.

> Pago de la cuota 1: si la reliquidación determina que el importe pagado en la cuota supera el tope establecido, el excedente se registrará como saldo a favor y se aplicará automáticamente en la próxima emisión.

> Pago de la cuota anual anticipada: si abonó la cuota anual, la diferencia a favor resultante de la reliquidación quedará a disposición para que el contribuyente pueda solicitar la devolución o la imputación a futuros vencimientos.

-Norma y ratificación: se presentó un proyecto de ley ante la Legislatura para ratificar el tope establecido.

¿Qué pasa si ya pagué la patente con los valores anteriores?

Si el incremento de tu cuota para 2026 fue menor que la inflación, o incluso la cuota para 2026 es igual o inferior a la de 2025, tu pago es correcto y no habrá cambios en la emisión de 2026 para tu patente: la cuota bimestral, o el pago anual, quedará saldada como corresponde.
Si, en cambio, el aumento que abonaste excede la inflación y la reliquidación determina una cuota menor, la diferencia se tomará como saldo a favor: si abonaste la primera cuota, ese saldo se imputará a las cuotas futuras; si pagaste la anual, la diferencia quedará disponible para devolución o para imputar a futuros pagos.

 

¿Qué sucede con los débitos automáticos (tarjeta o cuenta)?

La emisión vigente queda suspendida por lo tanto no se aplicaron los débitos automáticos.

 

¿Cuáles serán las nuevas fechas de vencimiento tras la prórroga?

Se establece una nueva fecha para el vencimiento del impuesto (todas las terminaciones y variantes vencerán el mismo día), fijada para el 27 de febrero. Se conservarán los beneficios por pago a término y buen cumplimiento.

 

¿La prórroga corre solo para la primera cuota o también para las siguientes?

La prórroga aplica únicamente para la primera cuota del impuesto y el pago anual anticipado.

 

¿Hasta cuándo se puede pagar sin intereses?

La primera cuota podrá abonarse hasta el 27 de febrero. Lo mismo rige para el pago anual anticipado: si se paga la cuota anual hasta esa fecha, se mantiene el 10% de descuento.

 

¿La prórroga alcanza también al pago anual anticipado?

Sí.

 

¿Desde cuándo regirá el tope al aumento de la patente?

El tope se aplicará en la reliquidación de esta emisión, que estará disponible el 18 de febrero. Posteriormente, la medida se ratificará en la Legislatura.

 

¿El proyecto aplica solo para 2026 o también para los próximos años?

La medida rige únicamente para el año 2026.

 

¿Cómo debo proceder si doy de baja mi vehículo?

En este caso se debe abonar la cuota proporcional correspondiente hasta la fecha de baja. Si, luego de la aplicación de los topes en la reliquidación de la emisión surge una diferencia a favor, podés solicitar su reintegro ingresando a Trámites a Distancia (TAD) con tu cuenta MiBA nivel 3: https://tad.buenosaires.gob.ar/tramitesadistancia/ — seleccionar la trata “Reintegro impuesto Patentes”.

Importante: para motovehículos se pagará la cuota bimestral íntegra (no se prorratea).

 

¿Cómo proceder si doy de alta un vehículo?

Para dar de alta un vehículo se debe abonar la cuota proporcional desde la fecha de alta. Si tras la aplicación de los topes en la reliquidación se origina una diferencia a favor, ese saldo se reflejará en futuros vencimientos.

 

¿Qué pasa si debo cesar una exención del impuesto de Patentes?

Al cese, se generará una cuota proporcional (cuota 80) desde la fecha del cese hasta el final del bimestre. Si después de la aplicación de los topes en la reliquidación resulta una diferencia a favor, ese saldo se imputará en futuros vencimientos, siempre que el contribuyente continúe tributando en la jurisdicción CABA, en caso contrario queda como saldo disponible para solicitar la devolución.

 

¿En qué plazo se realizarán las devoluciones o compensaciones? 

La emisión vigente queda suspendida; quienes no hayan pagado deben omitir las boletas actuales y esperar la nueva emisión, que estará disponible el 18 de febrero. 

Las devoluciones o imputaciones de saldos a favor se tramitarán una vez completado el proceso administrativo de reliquidación. 

 

¿Habrá intereses reconocidos por el tiempo que el dinero estuvo retenido?

La eventual acreditación de intereses dependerá de lo que establezca la ley y su reglamentación; AGIP aplicará lo que la normativa disponga al respecto.


Si no pagué todavía, ¿cómo sé cuál es el monto correcto que corresponde según la nueva normativa?

La emisión vigente queda suspendida; quienes no hayan pagado deben omitir las boletas actuales y esperar la nueva emisión el 18 de febrero. 

 

¿Cómo se informará a los contribuyentes sobre los cambios? ¿Habrá notificaciones personalizadas por mail, boleta o solo comunicados generales?

La difusión se realizará principalmente a través de la página web institucional www.agip.gob.ar y las redes sociales oficiales. También se reforzarán los canales de atención accesibles desde la página web (el número 147, chat online, InfoAGIP) y se publicarán materiales explicativos para orientar a los contribuyentes con los pagos y las reimputaciones de los posibles saldos a favor.

 

¿Qué mecanismos de reclamo estarán disponibles si considero que el monto cobrado no respeta la normativa?

Las consultas y reclamos se deberán canalizar a través de los canales oficiales de AGIP: principalmente por InfoAGIP. También están disponibles los canales de atención telefónica y online (el número 147, chat online) para orientación y seguimiento.

 

¿Qué pasa si tengo que solicitar un libre deuda?

Como se suspendió la emisión actual y se postergaron los vencimientos, ninguna Patente registrará deuda.

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  • Para más información, podés escribirnos vía InfoAgip, seleccionando el impuesto Patentes.