Este gravamen recae sobre la generación de residuos sólidos urbanos húmedos no reciclables producidos por los generadores especiales radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Preguntas Útiles

Por la Generación de Residuos Sólidos Urbanos Húmedos No Reciclables (en los términios de la Ley N° 1854) se abona un gravamen según las distintas categorías de contribuyentes en función de la cantidad de residuos sólidos generados:

Año 2026
CATEGORIA  LITROS DIARIOS PROMEDIO  CANON ANUAL
1 240 a 480  $0,00.-
2 Más de 480 a 1000  $0,00-
3 Más de 1000 a 2000  $0,00.-
4 Más de 2000 a 4000  $0,00.-
5 Mas de 4000   $0,00.-

La declaración jurada se genera accediendo con Cuenta miBA y adhiriendo por única vez el servicio denominado "Residuos Húmedos". Si el monto del cannon anual del gravámen fuera $ 0, también es deber, realizarla. 

De acuerdo a lo establecido en los artículos 12 y 13 de la Res. N°4323/MHFGC/22 y su modificatoria Res. N° 4490/MHFGC/22, las tasas son las siguientes:

Primer Semestre de 2026 (Enero-Junio)

Tasa de Interés Resarcitorios Mensual = 3,686667%
Tasa de Interés Punitorios Mensual = 5,530000%

Importante: Para Inmobiliario/ABL y Patentes Automotores se agrega un recargo del 5%.

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