Podés regularizar deudas vencidas correspondientes a todos los impuestos, tanto en instancia administrativa como judicial. Hacelo en hasta 36 cuotas y sin límite de monto.

Requisitos para adherirse

Para solicitar el plan, verificá los siguientes requisitos:

    - Que sean obligaciones tributarias vencidas cuyo devengamiento se haya producido antes del 1° de enero del año en que solicitás el plan.
    - Tener Domicilio Fiscal Electrónico.
    - Contar con cuenta miBA nivel 3.
    - Asociar el plan a una cuenta bancaria y registrar el CBU para el débito automático de las cuotas.
    - Haber pagado las obligaciones que vencieron dentro de los 90 días corridos previos a la solicitud del plan*

                                                *No necesitás cumplir con este requisito si:
                                             - La deuda que vas a incluir en el plan es del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos.
                                             - Vas a generar un plan para una deuda judicial.

¿Cómo generar el plan?

    - Ingresá al Portal del Contribuyente y seleccioná “Plan de Facilidades”.
    - Elegí tu impuesto y la opción “Res. 890/MEFGC/2020”.
    - Visualizá la deuda, elegí la financiación, ingresá un CBU y confirmá la gestión.

Conocé más sobre el Plan Permanente de Facilidades acá.

 

Planes de facilidades para Contribuyentes Locales, Régimen Simplificado y Convenio Multilateral

Ingrese con su N° de Solicitud.

En caso de haber olvidado su N° de Solicitud consulte a INFOAGIP.