accede a la moratoria 2025

Con el objetivo de aliviar la carga fiscal de los contribuyentes, AGIP implementó una moratoria con facilidades de pago de hasta 48 cuotas y quitas de intereses. 

Características del Plan


Aplica a todos los impuestos administrados por AGIP, excepto las obligaciones correspondientes a los agentes de recaudación.
- Es para deudas vencidas hasta el 31/08/2025.
- Incluye deudas administrativas y judiciales.
- Contempla una condonación total o parcial de intereses resarcitorios y punitorios, con quitas de hasta el 100%, según el plazo de adhesión.
Incluye deudas administrativas y judiciales. Para estas últimas se prevé la suspensión de plazos procesales y de la prescripción penal. Si se cancela la deuda en su totalidad (al contado o en plan de pagos), se extinguirá la acción penal, infraccional o delictual. También prevé condonación de sanciones y extinción de la acción penal vinculada a delitos del Régimen Tributario.

 


Plazos


La moratoria entra en vigencia el lunes 3 de noviembre de 2025 y estará disponible hasta el 30 de abril de 2026.


Cómo adherirse


1. Dentro del Portal del Contribuyente de AGIP, ingresar a la Nueva Cuenta Corriente Tributaria.
2. Elegir la opción “Operaciones” desde el menú desplegable de la izquierda y luego “Planes/Moratoria”.
3. Seleccionar las obligaciones a regularizar y la forma de financiación.
4. Ingresar los datos de la cuenta para generar el débito, ¡y listo!

adherite al plan

 


Formas de pago:


-  Hasta 48 cuotas.
- Disminuación progresiva de intereses según los plazos de adhesión y modalidad de pago.
- Tasa de financiación: del 2% mensual para contribuyentes comunes y del 3% mensual para Grandes Contribuyentes.
- Monto mínimo de cuota: el valor mínimo de la cuota, incluidos los intereses por financiación, no puede ser inferior a $5.000 pesos.


Pago al contado:

Plazo de adhesión

Condonación máxima para no inscriptos en el Sistema para Grandes Contribuyentes

Condonación máxima para incluidos en el Sistema para Grandes Contribuyentes

Hasta el 31 de enero de 2026

100% 

70%

Desde el 1° de febrero hasta el 28 de febrero de 2026

70%

60%

Desde el 1° de marzo hasta el 31 de marzo de 2026

50%

40%

Desde el 1° de abril hasta el 30 de abril de 2026

40%

30%



Pago en cuotas:

Plazo de adhesión

Condonación máxima para no inscriptos en el Sistema para Grandes Contribuyentes 

Condonación máxima para incluidos en el Sistema para Grandes Contribuyentes

Hasta el 31 de enero de 2026

70%

60%

Desde el 1° de febrero hasta el 28 de febrero de 2026

50%

40%

Desde el 1° de marzo hasta el 31 de marzo de 2026

40%

30%

Desde el 1° de abril hasta el 30 de abril de 2026

30%

10%

 

Alcanza obligaciones vencidas, correspondientes a todos los impuestos y en instancia administrativa o judicial, sin límite de montos. En hasta 36 cuotas. 

En todos los casos, para poder adherirse, es requisito: que se trate de obligaciones tributarias en mora cuyo devengamiento se hubiere producido con anterioridad al día 1° de enero del año en el cual se efectúa el acogimiento al plan de facilidades de pago tener pagas las cuotas cuyo vencimiento haya operado dentro del plazo de noventa (90) días corridos anteriores a la presentación del acogimiento, contar con Domicilio Fiscal Electrónico y asociar la regularización a una cuenta bancaria, registrando la CBU para el débito automático de los pagos.

Recuerde que para poder adherirse es necesario tener cuenta miBA. 

Acceda a toda la información sobre este Plan de Facilidades y a las preguntas útiles en el Centro de Ayuda.

Genere su Plan de Facilidades (dentro del aplicativo seleccione la opción Res.890/MEFGC/2020).

Importante: si la deuda se encuentra en gestión judicial deberá generar el Plan de Facilidades a través del Mandatario asignado. Para más información ingrese aquí.

Ingrese con su N° de Solicitud.

En caso de haber olvidado su N° de Solicitud consulte a INFOAGIP.