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Desendeudamiento familiar y personal: cómo refinanciar deudas de tarjetas de crédito y préstamos
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El Programa creado por la Ley N° 6.959 permite refinanciar deudas en mora con un plazo mínimo de 24 meses y una tasa fija. Las solicitudes se presentan en el Banco Ciudad y en las entidades financieras adheridas hasta el 13 de octubre.
Con el objetivo de facilitar la regularización de las deudas de consumo de los hogares porteños, se encuentra vigente el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal, creado por la Ley N° 6.959. La iniciativa permite a los vecinos de la Ciudad refinanciar o cancelar deudas en mora originadas en tarjetas de crédito y préstamos personales, mediante líneas de crédito especiales otorgadas por las entidades financieras que adhirieron al régimen. Estas son: Banco Ciudad, Banco Santander, ICBC, Banco Supervielle, Banco Credicoop, Banco Comafi, BBVA, Banco Galicia, Banco Piano.
“Sabemos que para muchas familias porteñas la cuota de la tarjeta o del préstamo se volvió imposible de pagar. Por eso, desde la Ciudad les redujimos a la mitad el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los bancos que se adhieran al Programa, para que se sumen más entidades y el crédito llegue a la mayor cantidad de vecinos posible. Hoy ya son nueve las entidades adheridas, y eso significa que más vecinos van a poder refinanciar su deuda con más plazo y una tasa que no se les va a mover", señaló el Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos, Germán Krivocapich.
Las condiciones están fijadas por la propia norma: un plazo mínimo de devolución de 24 meses y una Tasa Nominal Anual fija que no puede superar el 35%. Cada entidad puede ofrecer condiciones más favorables que las previstas en la ley. Los créditos tienen como destino exclusivo la cancelación o refinanciación de deudas originadas en tarjetas de crédito y préstamos personales otorgados por entidades financieras.
Pueden acceder al Programa quienes registren atrasos de entre 60 y 180 días en la Central de Deudores del Banco Central, tengan ingresos familiares inferiores a 10 salarios mínimos, destinen más del 30% de los ingresos mensuales del hogar al pago de deudas y acrediten domicilio en la Ciudad con una antigüedad mínima de dos años. La norma establece además un conjunto de exclusiones vinculadas a la titularidad de bienes registrables y activos financieros.
Las solicitudes se presentan directamente en el Banco Ciudad o en cualquiera de las entidades financieras adheridas, que son las encargadas de verificar el cumplimiento de los requisitos e informar la documentación necesaria. El plazo para solicitar el crédito vence el 13 de octubre de 2026.
Las entidades adheridas acceden a un beneficio fiscal otorgado por AGIP, consistente en una reducción del 50% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a los intereses percibidos por las refinanciaciones otorgadas en el marco del Programa.
Conocé los requisitos completos, las exclusiones y el paso a paso.
