Este trámite permite solicitar la exención total o parcial de la contribución conforme a la normativa vigente; que establece que están exentos en 100% o 50%, los pagos del impuesto Inmobiliario/ABL a los propietarios de un solo inmueble destinado exclusivamente a Vivienda Única y Permanente, cuya Valuación Fiscal Homogénea sea hasta $ 4.680.000 para los casos que soliciten el 100% de la exención y comprendida entre $4.680.000,01 y $6.240.000 para los casos que soliciten el 50% de la exención.
Requisitos:
- Título de propiedad o declaratoria de herederos inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble: Original y Fotocopia.
- Última boleta del impuesto: Original y Fotocopia.
- Dos recibos de algún servicio (Gas, Luz, Teléfono, Agua, etc.) del Inmueble: Original y Fotocopia.
Titular:
- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
Representante:
- Autorización del titular con certificación de su firma ante Escribano Público o autoridad policial: Original y Fotocopia.
- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
Apoderado:
- Poder suscripto ante Escribano Público: Original.
- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
Observaciones:
Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.
Para realizar el trámite deberá ingresar con Clave Ciudad, a través del servicio “TAD – Jefatura de Gabinete de Ministros”, opción “Impuesto Inmobiliario: Exención 50% ABL a propietarios de inmueble destinado a vivienda”.
Este trámite permite solicitar la exención total o parcial de la contribución conforme a la normativa vigente; que establece que están exentos en 100% o 50%, los pagos del impuesto Inmobiliario/ABL a los propietarios de un solo inmueble destinado exclusivamente a Vivienda Única y Permanente, cuya Valuación Fiscal Homogénea sea hasta $ 4.680.000 para los casos que soliciten el 100% de la exención y comprendida entre $4.680.000,01 y $6.240.000 para los casos que soliciten el 50% de la exención.
Requisitos:
- Título de propiedad o declaratoria de herederos inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble: Original y Fotocopia.
- Última boleta del impuesto: Original y Fotocopia.
- Dos recibos de algún servicio (Gas, Luz, Teléfono, Agua, etc.) del Inmueble: Original y Fotocopia.
Titular:
- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
Representante:
- Autorización del titular con certificación de su firma ante Escribano Público o autoridad policial: Original y Fotocopia.
- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
Apoderado:
- Poder suscripto ante Escribano Público: Original.
- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
Observaciones:
Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.
Realice el trámite en las Delegaciones AGIP en las Sedes Comunales.

Conozca las diferentes opciones para realizar los distintos trámites desde la comodidad de su casa.