El trámite de Solicitud de Devolución de pagos del Impuesto Inmobiliario/ABL es sólo por pagos en exceso o erróneos (ejemplo: duplicados o por liquidación del gravamen por motivo de modificaciones en el estado de empadronamiento del inmueble).

Documentación obligatoria:

- Nota en la que conste el detalle de las cuotas de la Contribución por las cuales se solicita devolución de pago, acompañando la documentación que se indica a continuación según corresponda.
- Escritura traslativa de dominio inscripta en el Registro de Propiedad Inmueble, o bien, constancia de dominio actualizada, expedida por el Registro Propiedad Inmueble.
- Comprobante de pago de la Contribución por el cual solicita devolución de pago.

Para la solicitud de devolución tramitada únicamente en casos que, los herederos y/o sucesores no hubieran obtenido la declaratoria de herederos, deberá acompañar la documentación que acredite el vínculo con el Titular del inmueble (fallecido) y la respectiva partida de defunción.

- Captura de pantalla del homebanking desde donde se realizó la operación, en la cual figure número de cuenta y CBU

Importante: recuerde que durante la gestión del trámite se le solicitará datos de su cuenta bancaria (ver datos en el formulario al pie de esta página)

Presentación por Persona Humana

Titular:
- DNI del Titular del Inmueble.
- Constancia de CUIT/CUIL.

Terceros:
 - Poder suscripto ante Escribano.
 - Autorización del Titular del inmueble con certificación de su firma (Escribano o Bancaria).

Presentación por Persona Jurídica

Titular:
 - DNI.

Representante:
 - Autorización del titular con certificación de su firma (sólo personas humanas).
 - DNI.

Apoderado:
 - Poder suscripto ante Escribano Público.
 - DNI.

Observaciones:

Las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos, excepto escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), o Autoridad Judicial.
Las certificaciones de firma además podrán ser realizadas por entidad bancaria (con ticket respectivo).

Para realizar el "Trámite a Distancia (TAD)”, deberás ingresar con cuenta miBA Nivel 3 a tad.buenosaires.gob.ar opción “Solicitud del contribuyente a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos -AGIP-(excluyendo los pedidos relacionados con SIRCREB y reintegros)"