Este trámite permite obtener el cese de la exención para personas con discapacidad para el impuesto de Inmobiliario/ABL.
La Exención del pago de la contribución quedará sin efecto ante cualquier modificación que se produzca en alguna de las condiciones que se enuncian a continuación:
- Venta, fallecimiento, renuncia o modificación de las condiciones que dieron origen a la franquicia.
El trámite de Cese de Exención puede ser declarado o denunciado por cualquier persona, salvo en el caso de renuncia de la liberalidad.
Documentación obligatoria:
1- Cese por venta o transferencia por cualquier título del inmueble:
- Copia simple de la escritura de venta del inmueble, o bien Certificado expedido por el escribano interviniente.
2- Cese por fallecimiento del titular:
- Boleta de Inmobiliario/ABL. En caso de corresponder, copia simple de la escritura del inmueble.
3- Renuncia a la franquicia:
- Titular exento con DNI o su apoderado acompañado del poder.
Dependiendo de cuál sea su carácter:
Beneficiario:
- DNI.
Representante:
- Autorización del titular con certificación de su firma (sólo personas humanas).
Apoderado o curador:
- DNI.
- Poder suscripto ante Escribano Público o Sentencia según corresponda.
Toda documentación debe estar escaneada anverso y reverso, totalmente legible, en orden y en un sólo archivo PDF.
EL PESO TOTAL DE LOS ARCHIVOS DEBE SER INFERIOR A 9,57 MB (9.800 KILOBYTES). SI SE EXCEDE ESE VOLUMEN, AL FINALIZAR E INTENTAR ENVIAR EL FORMULARIO, LE APARECERÁ UN ERROR.
Este trámite permite obtener el cese de la exención para personas con discapacidad para el impuesto de Inmobiliario/ABL.
La Exención del pago de la contribución quedará sin efecto ante cualquier modificación que se produzca en alguna de las condiciones que se enuncian a continuación:
- Venta, fallecimiento, renuncia o modificación de las condiciones que dieron origen a la franquicia.
El trámite de Cese de Exención puede ser declarado o denunciado por cualquier persona, salvo en el caso de renuncia de la liberalidad.
Documentanción obligatoria:
1- Cese por venta o transferencia por cualquier título del inmueble:
2- Cese por fallecimiento del titular:
- Boleta de Inmobiliario/ABL. En caso de corresponder, copia simple de la escritura del inmueble.
3- Renuncia a la franquicia:
- Titular exento con DNI o su apoderado acompañado del poder.
Dependiendo de cuál sea su carácter:
Beneficiario:
- DNI: Original y Fotocopia.
Representante:
- DNI: Original y Fotocopia.
- Autorización del titular con certificación de su firma (sólo personas humanas): Original y Fotocopia.
Apoderado o curador:
- DNI: Original y Fotocopia.
- Poder suscripto ante Escribano Público o Sentencia según corresponda: Original y Fotocopia.
Observaciones:
En caso de no presentar los originales, las autentificaciones de copias y las certificaciones de firma deberán ser realizadas por Escribano Público (con su firma certificada por el respectivo Colegio de Escribanos) o Autoridad Judicial.
Las certificaciones de firma, además, podrán ser realizadas por entidad bancaria.
Realice el trámite en las Delegaciones AGIP en las Sedes Comunales. Solicite su turno.

Conozca las diferentes opciones para realizar los distintos trámites desde la comodidad de su casa.