Este trámite permite realizar el cese de actividades en el impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Requisitos:

- cuenta miBA, nivel 3.
- Tener asignado el servicio "Ingresos Brutos". De no tenerlo asignado, puede consultar el Tutorial.

Observaciones:

- Quedan excluidos de esta modalidad los contribuyentes inscriptos en Convenio Multilateral, quienes deberán realizar el trámite a través del Registro Único Tributario (RUT) de ARCA, ingresando con Clave Fiscal. 
- Queda excluido también de esta operatoria el cese por fallecimiento para las personas humanas y el cese por liquidación para las personas jurídicas.

Realice el trámite.

  • Cese de actividades
  • Si dejás de facturar y hacés la baja en ARCA, realizá la denuncia de cese total de actividades dentro los quince (15) días. De lo contrario, se presume que el responsable continúa en el ejercicio de su actividad.