Este trámite permite solicitar la exención del pago de Patentes conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal vigente y la Ley Tarifaria vigentes para 2026.
La exención alcanza a los Ex Combatientes que se hayan desempeñado en la Guerra de las Islas Malvinas, Georgias, Sándwich e Islas del Atlántico Sur, desde el 02/04/82 al 14/06/82, incorporados a la Ley 1075 y sus modificatorias.
El beneficio está destinado a un solo vehículo y la valuación no debe superar el importe que fija la Ley Tarifaria 2025 ($60.760.000).
Documentación obligatoria:
- Título de Propiedad del Automotor.
- DNI.
- Nota solicitando la exención en carácter de Ex Combatiente de Malvinas.
Para realizar el "Trámite a Distancia (TAD)”, deberás ingresar con cuenta miBA Nivel 3 a tad.buenosaires.gob.ar opción “Solicitud del contribuyente a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos -AGIP-(excluyendo los pedidos relacionados con SIRCREB y reintegros)”.
