Este trámite permite solicitar la exención del pago del Impuesto sobre Patentes sobre vehículos en general, respecto de los ingresos provenientes exclusivamente de la prestación del servicio de transporte automotor de personas con discapacidad, conforme los requisitos y exigencias previstas en el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus normas reglamentarias y complementarias,

Importante: Deberán cumplir con los requisitos que contempla la Resolución Nº 168/AGIP/2026.

La exención del pago de Patentes sobre Vehículos en General rige desde la fecha de su inscripción registral a nombre del beneficiario, siempre que la solicitud se interponga dentro de los ciento ochenta (180) días de dicho acto; vencido este plazo, surtirá efectos desde la fecha de su solicitud. El beneficio fiscal se mantendrá durante los períodos en que subsistan las condiciones legales y el beneficiario conserve la titularidad del dominio.

Documentación obligatoria:

- Presentación de nota, solicitando el reconocimiento de la exención del pago, suscripta por el representante legal o apoderado de la institución

- Copia del estatuto o contrato social del contribuyente, en caso de corresponder

- Copia de la última acta de designación de autoridades y, en caso de corresponder, el respectivo poder

- Listado de los agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud que contratan el servicio de transporte en los términos de la Ley Nacional N° 24.901 y sus modificatorias y complementarias.

- Copia de las últimas treinta (30) facturas emitidas.

- Copia del Título de propiedad del/de los vehículos automotor/es.

- Certificado de Inscripción al Registro Único del Transporte Automotor de Pasajeros (RUTAP) en la categoría transporte de personas con discapacidad, emitido por la autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

- Copia del DNI del solicitante.

- Copia de la Constancia de CUIT.

- Manifestación con carácter de declaración jurada respecto de la utilización exclusiva del/de los vehículo/s automotor/es para el transporte de personas con discapacidad

Para realizar el "Trámite a Distancia (TAD)”, deberás ingresar con tu cuenta miBA Nivel 3 a tad.buenosaires.gob.ar, opción "Solicitud del contribuyente a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos -AGIP- (excluyendo los pedidos relacionados con SIRCREB y reintegros)