La exención del pago de Patentes se concederá conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal y Ley Tarifaria vigente para 2025.

En todos los casos el vehículo debe estar destinado al uso o traslado de la persona con discapacidad.

La exención del pago de la patente alcanza a un sólo vehículo por persona y en tanto el beneficiario conserve la titularidad del dominio. Para los casos en que el beneficiario de la exención no sea titular del dominio, la valuación del vehículo no debe superar el importe que fija la Ley Tarifaria 2025 (con un máximo de hasta $40.000.000).

Documentación obligatoria: 

1- Título de Propiedad del Automotor. El mismo debe hallarse inscripto a favor del beneficiario o cónyuge o pareja conviviente, padre, madre o curador en caso de incapacidad, de los nietos o del conviviente del beneficiario.

2- Certificado de discapacidad: emitido por la junta médica del hospital correspondiente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o Certificado Único de Discapacidad (CUD) emitido por la Agencia Nacional de Discapacidad, en ambos casos vigente. 

3- DNI de ambas caras del titular del vehículo y del beneficiario en caso de corresponder. 

4- Formulario "Solicitud de Exención para Personas con Discapacidad - Patentes".
Completá y adjuntá el formulario que se encuentra al pie de la página.


Dependiendo de cuál sea su carácter:

Si el beneficiario no es el titular del dominio, deberá adjuntar el documento correspondiente que acredite el vínculo (seleccionar 1 sola opción).

- Certificado de convivencia con la persona con discapacidad, si el vehículo estuviera a nombre del conviviente del beneficiario. 

- Partida de nacimiento si el vehículo estuviera a nombre del padre, la madre o nieto del beneficiario. 

- Partida de matrimonio si el beneficiario es el cónyugue del titular. 


Toda documentación debe estar escaneada anverso y reverso, totalmente legible, en orden y en un sólo archivo PDF.

Importante:

En caso de venta o transferencia de su vehículo, recuerde que deberá dar de baja la exención. Podrá verificar cuándo procede y realizarla desde "Patentes Automotores - Cese de Exención para Personas con Discapacidad".

EL PESO TOTAL DE LOS ARCHIVOS DEBE SER INFERIOR A 9,57 MB (9.800 KILOBYTES). SI SE EXCEDE ESE VOLUMEN, AL FINALIZAR E INTENTAR ENVIAR EL FORMULARIO, LE APARECERÁ UN ERROR.

Comience el trámite aquí:

La exención del pago de Patentes se concederá conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal y Ley Tarifaria vigente para 2025.

En todos los casos el vehículo debe estar destinado al uso o traslado de la persona con discapacidad.

La exención del pago de la patente alcanza a un sólo vehículo por persona y en tanto el beneficiario conserve la titularidad del dominio. Para los casos en que el beneficiario de la exención no sea titular del dominio, la valuación del vehículo no debe superar el importe que fija la Ley Tarifaria 2025 (con un máximo de hasta $40.000.000).

Documentación obligatoria: 

1- Título de Propiedad del Automotor. El mismo debe hallarse inscripto a favor del beneficiario o cónyuge o pareja conviviente, padre, madre o curador en caso de incapacidad, de los nietos o del conviviente del beneficiario: Original y Copia certificada por la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (D.N.R.P.A. y C.P.).

2- Certificado de discapacidad: emitido por la junta médica del hospital correspondiente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o Certificado Único de Discapacidad (CUD) emitido por la Agencia Nacional de Discapacidad, en ambos casos vigente: Original y Fotocopia. 

3- DNI de ambas caras del titular del vehículo y del beneficiario en caso de corresponder. 

4- Formulario "Solicitud de Exención Personas con Discapacidad - Patentes". Completá el formulario que se encuentra al pie de la página.

Dependiendo de cuál sea su carácter:

Si el beneficiario no es el titular del dominio, deberá adjuntar el documento correspondiente que acredite el vínculo.

- Certificado de convivencia con la persona con discapacidad, si el vehículo estuviera a nombre del conviviente del beneficiario: Original o Fotocopia autenticada. 

- Partida de nacimiento si el vehículo estuviera a nombre del padre, la madre o nieto del beneficiario: Original o Fotocopia autenticada. 

- Partida de matrimonio si el beneficiario es el cónyugue del titular: Original o Fotocopia autenticada. 

- Apoderado:

- DNI: Original y Fotocopia.  
- Poder suscripto ante Escribano Público: Original.


Importante:

En caso de venta o transferencia de su vehículo, recuerde que deberá dar de baja la exención. Podrá verificar cuándo procede y realizarla desde "Patentes Automotores - Cese de Exención para Personas con Discapacidad".

Realice el trámite en las Delegaciones AGIP en las Sedes Comunales. Solicite su turno.