Cuando realices una transferencia de un automotor deberás hacer la Declaración Jurada a través de la plataforma SUATS (Sistema Unificado de Administración Tributaria Subnacional).

El SUATS es el Sistema Unificado de Administración Tributaria Subnacional. Para poder cumplir con lo dispuesto en la Resolución N° 175/AGIP/2025, deberás ingresar al sistema SUATS con el mismo usuario y clave con el que accedés al Sistema de Trámites Registrales (TRGS). Por consultas o inconvenientes técnicos podés escribir a soportesuats@suats.com.ar

Manual Habitualistas SUATS

El Impuesto de Sellos debe percibirse cuando el vehículo se encuentre radicado en la CABA. La radicación de vehículos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires está constituida por su inscripción en el Registro de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios de esta jurisdicción o cuando se registre su guarda en dicha jurisdicción.

La Base Imponible del Impuesto de Sellos con relación a operaciones de transferencia de dominio de los vehículos usados estará constituida por el monto de la operación, del acto o contrato convenido por las partes y declarado en el formulario RNPA “08”, o por la valuación fiscal del vehículo, si ésta fuera mayor.

Se considera como Valuación Fiscal a los efectos de la liquidación del Impuesto de Sellos la informada por la Dirección Nacional del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios. (Art.4 de la Resolución Nº 8/AGIP/2010).

Deberá considerarse el monto de la operación, del acto o contrato convenido por las partes y declarado en el formulario RNPA “08”, la que fuera mayor.

La fecha de la DDJJ será la del Instrumento objeto de la venta, es decir la fecha de factura de compra.

La alícuota general es del 3%. La alícuota para habitualistas es del 1,5%, que se tomará como pago a cuenta si el dominio se vende dentro de los 90 días. (Arts. 33 y 34 de la Ley Tarifaria 2025).

La baja deberás solicitarla mediante un trámite a distancia (TAD) fundamentando las razones.

Para realizar la presentación ingresá a la plataforma Trámites a Distancia – Jefatura de Gabinete de Ministros (TAD). Dentro del menú deberás seleccionar el nombre del trámite "Solicitud del contribuyente a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos -AGIP- (excluyendo los pedidos relacionados con SIRCREB)" en la barra de búsqueda y seleccionarlo.

Link instructivo TAD